La Normativa de Transporte Escolar para los establecimientos del Sistema Educativo se encuentra vigente en todo el Ecuador. En la misma se establecen algunas exigencias de seguridad que deben ser cumplidas por los transportistas que brindan este servicio.
La disposición fue aprobada en 2016 y contempla temas específicos como la necesidad de contar con un acompañante. También, establece prohibiciones y otras obligaciones dirigidas tanto al conductor del transporte como a la institución educativa.
Conductores y acompañantes
El artículo 9 de la Normativa determina que el conductor de la unidad deberá contar con una licencia profesional vigente. Además, establece que este documento deberá ser revisado periódicamente por las autoridades de los planteles.
Las unidades de transporte deberán tener una persona que acompañe al chofer en todo el recorrido. En especial esto está dirigido a los buses que trasladan estudiantes de los niveles Educación Inicial y Educación General Básica.
Obligaciones del servicio
Entre las exigencias que debe cumplir el servicio está la de no sobrepasar la capacidad de transportación de estudiantes que tiene el vehículo.
Otras obligaciones son el uso del cinturón de seguridad y que el acompañante o conductor tengan un medio de comunicación móvil.
Igualmente, las rutas establecidas para el recorrido no podrán ser modificadas sin la previa autorización de la institución.
Control
La Empresa de Movilidad, Tránsito y Transporte de Cuenca (EMOV) dio a conocer que en los días previos al inicio de clases se realizó la Revisión Técnica Vehicular (RTV) a los vehículos que ofrecen el servicio a las instituciones educativas.
El gerente de la EMOV, Adrián Castro, detalló que el área de RTV ha ejecutado controles a este tipo de transporte, tanto en la vía pública como en los centros de revisión.
Para una mayor verificación se realizó el chequeo de 1.366 unidades para detectar que los vehículos dispongan del adecuado equipamiento de seguridad. También se revisó el estado mecánico, la capacidad de las unidades y la ubicación de información de acuerdo a las resoluciones emitidas por la Agencia Nacional de Tránsito, y los Reglamentos y Normas INEN.
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